jueves, 3 de junio de 2010

PARALELO DEL DECRETO 230 Y 1290

1.Objetivo del decreto

230
Su eje principal es el desarrollo del proceso de formación de los educandos.

1290
Su eje principales el desarrollo de competencias de los estudiantes


2.Sistema de evaluación

230
Se evalúa logros, competencias y conocimientos que los niños deben alcanzar al finalizar cada período del año escolar

1290
Se evalúa la forma en que se desempeña el alumno

3. Propósito de la evaluación

230
a. Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos por parte de los educandos;
b. Determinar la promoción o no de los educandos en cada grado de la educación básica y media;
c. Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades en sus estudios;
d. Suministrar información que contribuya a la auto evaluación académica de la institución y a la actualización permanente de su plan de estudios.

1290
1. Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.
2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.
4. Determinar la promoción de estudiantes.
5. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional.

4. Escala de valoración de la evaluación y sus herramientas

230
Escala nacional, dada en los siguientes términos:

Excelente
Sobresaliente
Aceptable
Insuficiente
Deficiente

Cada establecimiento educativo fijará y comunicará de antemano a los educandos, docentes y padres de familia o acudientes la definición institucional de estos términos de acuerdo con las metas de calidad establecidas en su plan de estudios.

Herramientas: Listado de Logros e indicadores de logro por áreas
En todas las instituciones educativas se mantendrá actualizado un Registro escolar que contenga para cada alumno, además de los datos de identificación personal, el informe final de evaluación de cada grado que haya cursado en la institución.

1290
Escala de valoración nacional:
• Desempeño Superior
• Desempeño Alto
• Desempeño Básico
• Desempeño Bajo
Herramientas: Criterios de evaluación y promoción académicos, cognitivos, actitudinales y axiológicos. Estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes.
Técnicas e instrumentos adecuados para promover en el estudiante el uso del pensamiento, el procesamiento de información, la apropiación, aplicación y uso del conocimiento para su desarrollo personal y el de la sociedad.Registro escolar actualizado de los estudiantes que contenga, además de los datos de identificación personal, el informe de valoración por grados y el estado de la evaluación, que incluya las novedades académicas que surjan.
Escala de valoración definida y adoptada institucionalmente y con la condición que exprese su equivalencia con la escala de valoración nacional.

5. Promoción

230
Los establecimientos educativos tienen que garantizar un mínimo de
Promoción del 95% del total de los educandos que finalicen el año escolar en la institución educativa.

Al finalizar el año, la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado será la encargada de determinar
Cuáles educandos deberán repetir un grado determinado.

Se considerarán para la repetición de un grado cualquiera de los siguientes educandos:

a) Educandos con valoración final Insuficiente o Deficiente en tres o más áreas;
b) Educandos que hayan obtenido valoración final Insuficiente o Deficiente en matemáticas y lenguaje durante
dos o más grados consecutivos de la Educación Básica;
c) Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas
Durante el año escolar.

Es responsabilidad de la Comisión de Evaluación y Promoción estudiar el caso de cada uno de los educandos
considerados para la repetición de un grado y decidir acerca de esta, pero en ningún caso excediendo el límite
del 5% del número de educandos que finalicen el año escolar en la institución educativa. Los demás educandos
serán promovidos al siguiente grado, pero sus evaluaciones finales no se podrán modificar.
Parágrafo. Si al aplicar el porcentaje mínimo de promoción, es decir, el noventa y cinco por ciento, al número de
alumnos de la institución educativa y la operación da como resultado un número fraccionario, se tendrá como
mínimo de promoción el número entero de educandos anterior a la fracción.”

1290
Cada establecimiento educativo determinará los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de los estudiantes. Así mismo, el establecimiento educativo definirá el porcentaje de asistencia que incida en la promoción del estudiante.
Los establecimientos educativos deben como mínimo seguir el procedimiento que se menciona a continuación para la creación del sistema institucional de evaluación de los estudiantes:
1. Definir el sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
2. Socializar el sistema institucional de evaluación con la comunidad educativa.
3. Aprobar el sistema institucional de evaluación en sesión en el consejo directivo y consignación en el acta.
4. Incorporar el sistema institucional de evaluación en el proyecto educativo institucional, articulándolo a las necesidades de los estudiantes, el plan de estudios y el currículo.
5. Divulgar el sistema institucional de evaluación de los estudiantes a la comunidad educativa.
6. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones del sistema institucional de evaluación.
7. Informar sobre el sistema de evaluación a los nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada período escolar.

1. Promoción Los establecimientos educativos tienen que garantizar un mínimo de
Promoción del 95% del total de los educandos que finalicen el año escolar en la institución educativa.
Al finalizar el año, la Comisión de Evaluación y Promoción de cada grado será la encargada de determinar
Cuáles educandos deberán repetir un grado determinado.
Se considerarán para la repetición de un grado cualquiera de los siguientes educandos:
a) Educandos con valoración final Insuficiente o Deficiente en tres o más áreas;
b) Educandos que hayan obtenido valoración final Insuficiente o Deficiente en matemáticas y lenguaje durante
dos o más grados consecutivos de la Educación Básica;
c) Educandos que hayan dejado de asistir injustificadamente a más del 25% de las actividades académicas
Durante el año escolar.
Es responsabilidad de la Comisión de Evaluación y Promoción estudiar el caso de cada uno de los educandos
considerados para la repetición de un grado y decidir acerca de esta, pero en ningún caso excediendo el límite
del 5% del número de educandos que finalicen el año escolar en la institución educativa. Los demás educandos
serán promovidos al siguiente grado, pero sus evaluaciones finales no se podrán modificar.
Parágrafo. Si al aplicar el porcentaje mínimo de promoción, es decir, el noventa y cinco por ciento, al número de
alumnos de la institución educativa y la operación da como resultado un número fraccionario, se tendrá como
mínimo de promoción el número entero de educandos anterior a la fracción.”
Decreto 3055 de 2202 Cada establecimiento educativo determinará los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de los estudiantes. Así mismo, el establecimiento educativo definirá el porcentaje de asistencia que incida en la promoción del estudiante.
Los establecimientos educativos deben como mínimo seguir el procedimiento que se menciona a continuación para la creación del sistema institucional de evaluación de los estudiantes:
1. Definir el sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
2. Socializar el sistema institucional de evaluación con la comunidad educativa.
3. Aprobar el sistema institucional de evaluación en sesión en el consejo directivo y consignación en el acta.
4. Incorporar el sistema institucional de evaluación en el proyecto educativo institucional, articulándolo a las necesidades de los estudiantes, el plan de estudios y el currículo.
5. Divulgar el sistema institucional de evaluación de los estudiantes a la comunidad educativa.
6. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones del sistema institucional de evaluación.
7. Informar sobre el sistema de evaluación a los nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada período escolar.

6. Método de evaluación

230
Las entidades territoriales periódicamente podrán contratar con entidades avaladas por el Ministerio de Educación Nacional evaluaciones académicas censales de los establecimientos educativos a su cargo. Sus resultados deberán ser analizados tanto por las entidades territoriales, como por los establecimientos individuales con el propósito de tomar las medidas de mejoramiento necesarias.

1290
Mediante un sistema institucional de evaluación de los estudiantes.
A través de los siguientes ámbitos:

1. Internacional. El Estado promoverá la participación de los estudiantes del país en pruebas que den cuenta de la calidad de la educación frente a estándares internacionales.
2. Nacional. El Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES, realizarán pruebas censales con el fin de monitorear la calidad de la educación de los establecimientos educativos con fundamento en los estándares básicos. Las pruebas nacionales que se aplican al finalizar el grado decimoprimero permiten, además, el acceso de los estudiantes a la educación superior.
3. Institucional. La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de educación básica y media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño de los estudiantes.

7. Tiempo de evaluación

230
La evaluación de los educandos se hará con referencia a cuatro períodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar.

Además al finalizar el año escolar se les entregará a los padres de familia o acudientes un informe final, el cual incluirá una evaluación integral del rendimiento del educando para cada área durante todo el año. Esta evaluación tendrá que tener en cuenta el cumplimiento por parte del educando de los compromisos que haya adquirido para superar las dificultades detectadas en períodos anteriores.

Los cuatro informes y el informe final de evaluación mostrarán para cada área el rendimiento de los educandos.

1290
Permanentemente en escenarios de desempeño Periódicamente presentar a los padres de familia informes de evaluación. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar.

8. Evaluadores

230
Una Comisión de evaluación y promoción integrada por un número de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la institución y el rector o su delegado, con el fin de definir la promoción de los educandos y hacer recomendaciones de actividades de refuerzo y superación para estudiantes que presenten dificultades.

Consejos directivos
Consejos académicos
Docentes
Estudiantes
Padres de familia

1290
Comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes.

Consejos directivos
Consejos académicos
Docentes
Estudiantes
Padres de familia

3 comentarios:

  1. no, pues en pocas palabras, los que nos graduamos de 2009 para atrás, estamos fregados, no aprendimos casi nada y para colmo, en la universidad nos exigen! que esperan de nosotros si los colegios no se encargaron de impartir una verdadera educación integral y avanzada?

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  2. Buenas noches tengonun inconveniente mi hijo perdio 5 primaria por que perdio matematicas y lengua castellana en una saco 2.9 y en matematicas 3.1 debia pasar con 3.2 las profesoras le negaron la nivelación concluyendo que esas dos areas era para una perdida inmediata del año ademas nunca le dieron plan de mejoramiento no se que hacer

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  3. Todos los estudiantes tienen derecho a presentar la promoción anticipada por no promoción, tiene que radicar en el colegio el la primera semana de febrero la solicitud, dirigida al comité de evaluación.

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